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Recupera 156.000 euros tras anular el Juzgado de La Bañeza las obligaciones bancarias de 2011 y 2012

Redacción Viernes, 23 de Octubre de 2020 Tiempo de lectura:

Desde el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 2 de La Bañeza han anulado las obligaciones subordinadas bancarias que esta mujer había contraído con el Banco Popular entre 2011 y 2012.

 

El Banco Popular convirtió la deuda en acciones, con lo que se minusvaloró su inversión y terminó perdiendo todo el dinero cuando la entidad quebró y fue vendida por un euro al Santander. La resolución judicial certifica que no se le proporcionó toda la información necesaria para tomar la decisión de adquirir un producto considerado como complejo y de riesgo. Por lo que se ha considerado que no se había proporcionado todos los elementos necesarios para tomar dicha decisión.

 

En la sentencia se incide en la falta de información que la entidad bancaria proporcionó a la demandante sobre el producto que estaba contratando tanto en 2011 como en una segunda ocasión, en 2012, pues "de comprender con rectitud lo contratado –relata el auto– difícilmente podría entenderse que, pese a ello, efectuase una nueva adquisición", por lo que persistió "un conocimiento defectuoso del producto".

 

Por lo que el juez ha dictaminado que esta mujer, demandante del caso, "no conoció los perjudiciales efectos de la inversión hasta la fecha del canje de las obligaciones subordinadas en acciones, en que habría perdido la inversión", a lo que alude y matiza que no puede realizarse "un juicio claro de lo que realmente está suscribiendo".

 

También da por sentado que este "producto complejo con riesgos superiores a los de una cuenta o depósito tradicional", por lo que se requiere "un perfil de inversor especializado", con unos conocimientos financieros sobre este producto bancario, así como sus riesgos y consecuencias para poder realizar su contratación.

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