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¿Quién, cuándo y cómo se podrá salir de casa?

Redacción Miércoles, 18 de Marzo de 2020 Tiempo de lectura:

Hay ciertos casos en los que el ciudadano puede salir de casa sin ser multado, según refleja hoy, 18 de Marzo, el BOE, un decreto que modifica algunas condiciones del estado de alarma, las cuales ya fueron aprobadas el pasado sábado y que han entrado este miércoles en vigor, en las cuales se establece la circulación de personas de forma individual en ciertos casos, a excepción si es necesario acompañar a mayores, menores, personas con discapacidad o por causas justificadas.

 

Un veto que no solo se limita a zonas urbanas también se aplican en zonas como paseos de extrarradio, como el pase del río en el caso de La Bañeza. Del mismo modo, cabe señalar que el incumplimiento de las medidas establecidas en el estado de alarma acarrea sanciones económicas que se mueven entre los 100 euros y los 600.000 euros en función de si la infracción es leve, grave o muy grave; las infracciones penales conllevan penas de privación de libertad de hasta un año de prisión.

 

La población está obligada a quedarse en casa y solo podrán salir a la calle y a espacios públicos en los siguientes supuestos, siempre que lo haga de forma individual, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, a menores, a personas mayores, o exista otra causa debidamente justificada, así lo precisan fuentes del Ministerio del Interior, advirtiendo de que los controles policiales en todo el país lo que busca en un principio es informar a los ciudadanos de las restricciones en sus movimientos: se puede salir de casa para ir a trabajar o a un centro médico, cuidar de una persona dependiente o ir al banco; también para necesidades domésticas como tirar la basura o pasear durante un momento al perro. Sí, se puede salir con el perro, pero de forma individual. No se puede pasear a la mascota acompañado de otras personas.

 

Excepciones al veto a salir a la calle

  • Compra de alimentos, medicamentos u otros productos de primera necesidad.

  • Visitas al médico o a los hospitales.

  • Acudir al trabajo.

  • Retorno al lugar de residencia.

  • Cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

  • Visitas a entidades financieras y de seguros.

  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

  • Movimientos de miembros del cuerpo diplomático para ejercer sus funciones.

  • Pasear a la mascota, solo una persona puede sacar al animal, y siendo un paseo corto lo necesario para que el animal haga sus necesidades.

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