
Los arrendatarios de vivienda habitual pueden acceder a las ayudas transitorias de financiación, así como los empleados del hogar quienes pueden tramitar una solicitud del subsidio extraordinario por falta de actividad, al igual que los trabajadores temporales quienes también podrán optar a este subsidio extraordinario.
La emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19 ha desencadenado nuevas situaciones de necesidad vinculadas a la falta de empleo, encontrándose especialmente afectadas los empleados del hogar y los trabajadores temporales. Dada la dificultad de acceso al empleo mientras dura la presente situación de crisis sanitaria y a fin de que todas estas personas no queden desprotegidas durante la misma se están adoptando medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, prevé la posibilidad de que accedan al subsidio de desempleo excepcional por fin de contrato temporal.
Estas ayudas a desempleados de trabajadores temporales y empleados del hogar podrán solicitarlo aquellos que no tengan derecho a cobrar el paro, a partir de hoy se puede presentar la solicitud.
Más información Empleados de Hogar ow.ly/NntF30qD7ss
Más información Trabajadores Temporales ow.ly/GKGJ30qD7tz
AYUDA Y PRESTAMOS PARA EL ALQUILER
Igualmente, se están adoptando medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico a fin de que las entidades de crédito puedan ofrecer ayudas transitorias de financiación para hacer frente al alquiler de vivienda habitual de los hogares que se encuentren en situaciones de vulnerabilidad social y económica como consecuencia de la expansión del COVID-19.
Podrán solicitarlos los arrendatarios de vivienda habitual que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica a consecuencia del COVID-19, hasta el 30 de Septiembre. Más información ow.ly/wH6W30qD6Uk
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