
Continúan saliendo sentencias a favor de los usuarios, sentencias estimatorias en el caso Banco Popular recuperando los ahorros de los afectados, como ya ha pasado más veces en La Bañeza, en Febrero del año pasado ya anulaban una adquisición de bonos subordinados de Banco Popular y en Octubre otro bañezano recuperaba 56.000 euros tras anular el Juzgado de La Bañeza las obligaciones bancarias de 2011 y 2012.
En esta ocasión, el afectado, ha recuperado la cantidad de 11.891,92 € cuando el Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de La Bañeza ha dictado una sentencia estimando la nulidad por vicios en el consentimiento de acciones de Banco Popular suscritas el 20 de enero de 2012 mediante canje, el 5 de noviembre de 2012 en la ampliación de capital del 2.012 y en el año 2016 en la ampliación del 2.016, condenando al Banco Santander a devolver la dicha cantidad.
La jueza ha dado a entender que desde el Banco Santander hay legitimación pasiva para la nulidad del contrato de venta de acciones de sociedades de Banco Popular -ahora de Banco Santander- sometidas a proceso de resolución. La Audiencia ha resuelto que los accionistas de Banco Popular, que perdieron el valor de sus acciones por la amortización acordada por el FROB, están legitimados para solicitar la nulidad del contrato por incumplimiento del deber de información del banco emisor de las acciones y, en particular, por errores, omisiones u ocultaciones del folleto de emisión, y además para exigir la restitución procedente.
Este bañezano presentaba la demanda en el mes de Mayo del 2020, por lo que ahora desde el Juzgado se considera que el plazo de caducidad de cuatro años no ha transcurrido, ya que el plazo de caducidad es con posterioridad al 7 de junio de 2017, que es cuando se produjo la compra por el Banco Santander, y por ende se desestima la excepción alegada por la demandada.
En estos casos se demuestra que el Banco Popular no era una entidad solvente, pero no sólo tenía un problema de liquidez, sino que tenía un grave problema de solvencia que dio lugar a su resolución y la simbólica venta del Banco por un euro. De haberse tratado solamente de una crisis de liquidez, no se justifica que los accionistas perdieran toda su inversión, ni que el Banco fuera adquirido por un euro y el adquirente tuviera que acordar una ampliación de capital de 7.000 millones para sanear los activos tóxicos de Banco Popular.
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