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El Juzgado de La Bañeza anula todas las adquisiciones de acciones provenientes del Banco Pastor

Redacción Jueves, 14 de Enero de 2021 Tiempo de lectura:

Nuevamente se ha vuelto a pronunciar el Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de La Bañeza, dictando una sentencia con la que anula  por vicios en el consentimiento de acciones de Banco Popular, las cuales fueron suscritas el 11 de Febrero de 2012, al Banco Popular provenientes del antiguo Banco Pastor, y ahora siendo participación del Banco Santander desde 2016, quien tendrá que devolver la cantidad de 8.156,80 €.

 

Continúan saliendo sentencias a favor de los usuarios, sentencias estimatorias en el caso Banco Popular recuperando los ahorros de los afectados, como ya ha pasado más veces en La Bañeza, en Febrero del año pasado ya anulaban una adquisición de bonos subordinados de Banco Popular y en Octubre otro bañezano recuperaba 56.000 euros tras anular el Juzgado de La Bañeza las obligaciones bancarias de 2011 y 2012, además este pasado marte 12 de Enero ya veíamos como una sentencia obligaba al Banco Popular a devolver a un bañezano 11.891€ en acciones y ahora tendrán que devolver la cantidad de 8.156,80 € en acciones de Banco Popular suscritas el 11 de febrero de 2012.

 

Así lo ha dado a entender la Juez que asegura que en virtud de la prueba practicada ha quedado acreditado que:

 

“La información facilitada hizo confiar en la seguridad del valor comercializado y fue determinante de la adquisición; ya que, si bien es conocido que el valor de las acciones es variable y sometido a diversas circunstancias que condicionan la evolución de los mercados, también es una máxima de experiencia que dicha fluctuación depende en gran medida de la solvencia y posición económica del emisor, siendo éste uno de los aspectos que determinan la contratación de unos determinados valores y no de otros, así como que la variabilidad general de los valores de empresas consolidadas oscila en rangos muy inferiores al sufrido por los accionistas del Banco Popular en el supuesto litigioso, con anulación y pérdida total de la inversión.

 

Por otro lado, y teniendo en cuenta los hechos acaecidos con posterioridad a la ampliación de capital, considero que Banco Popular no sólo tenía un problema de liquidez, que es indudable que la retirada masiva de fondos le pudo originar, sino que tenía un grave problema de solvencia que dio lugar a su resolución y la simbólica venta del Banco por un euro. De haberse tratado solamente de una crisis de liquidez, no se justifica que los accionistas perdieran toda su inversión, ni que el Banco fuera adquirido por un euro y el adquirente tuviera que acordar una ampliación de capital de 7.000 millones para sanear los activos tóxicos de Banco Popular”

 

En estos casos se demuestra que el Banco Popular no era una entidad solvente, pero no sólo tenía un problema de liquidez, sino que tenía un grave problema de solvencia que dio lugar a su resolución y la simbólica venta del Banco por un euro. De haberse tratado solamente de una crisis de liquidez, no se justifica que los accionistas perdieran toda su inversión, ni que el Banco fuera adquirido por un euro y el adquirente tuviera que acordar una ampliación de capital de 7.000 millones para sanear los activos tóxicos de Banco Popular.

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